Primero derechos. El principio de la intervención social I

Para celebrar nuestro día: ¿Qué hace una Trabajadora Social?

Introduzco la entrada con la distinción: estructura y función. La primera como partes de un todo organizadas para conseguir un fin mediante el desarrollo de una actividad. Es curiosa la dualidad de esta entrada con la función de presentar y ordenar una invitación para participar en una sesión de la UPNA con alumnas de 1º de Trabajo Social sobre la pregunta ¿qué hace una Trabajadora Social?, como si todas hiciéramos lo mismo.

Una duda inicial me surge: ¿en qué ámbito temporal?: un día, una semana, un mes, un año, varios años. Y otra, ¿ con qué conecto la pregunta: norma, profesión, sector, usuarios/as, servicios, departamento,....?

La interrogación que da pie a la entrada parece sencilla, pero la respuesta es compleja y extensa.
Opto por iniciarlo con algo que me parece fundamental y no sé si todas lo tenemos claro:
¡¡¡ PRIMERO DERECHOS !!!
Permitid que me explique, la Ley Foral de Servicios Sociales de Navarra reconoce derechos subjetivos. Determinados servicios o prestaciones que la persona, sujeto de intervención, puede exigir. Por lo tanto, esta es la primera función a cumplir en la estructura del sistema de Servicios Sociales, donde trabajo (probablemente las compañeras de Salud puedan decir algo muy parecido).

En nuestro sistema esta facultad se reconoce en la Cartera de Servicios Sociales de Ámbito General en forma de prestaciones garantizadas, aunque también están las no garantizas que dependen de la disponibilidad presupuestaria. La Cartera se divide en 9 apartados: Atención Primaria, Dependencia, Personas Mayores, Discapacidad, Enfermedad Mental, Exclusión Social, Menores, y Violencia de Género.

El sistema público de Servicios Sociales de Base es la puerta de acceso y dependemos de las entidades locales, ¿más de 40 puertas de acceso!. En definitiva, son los encargados de garantizar la consecución de esos derechos.

Con todo esto ¿qué hace una trabajadora social?

En Navarra, extensibles las funciones al ámbito estatal, tenemos un Decreto Foral que regula las prestaciones que damos y podemos resumir en:
  1. Acogida: contacto inicial (referencia o vínculo), valoración demanda y primera respuesta.
  2. Orientación social y asesoramiento: escucha y ayuda para revisar la demanda, valorar alternativas y apoyo en la toma de decisiones.
  3. Valoración social: identificar  necesidad asociada a la demanda mediante la recogida estructurada de información para descubrir las necesidades y su priorización. Es preciso tener en cuenta también las potencialidades de la persona valorada donde apoyar la intervención.
  4. Diagnóstico social: dictamen profesional que facilita establecer la hipótesis de trabajo y los objetivos, un pronóstico o posible evolución de la situación valorada y un juicio técnico.
  5. Intervención, acordada con la persona, a veces también la familia, con etapas y posibles alternativas (diagrama de Gantt), ha de incluir seguimiento (visitas domiciliarias, entrevistas u otros contactos) y evaluación (proceso y final).
También tenemos otro Decreto Foral el 6/2011, de 24 de enero, que regula el profesional de referencia de servicios sociales de Navarra, poco conocido, a mi juicio. En su artículo 4. establece las funciones, aunque no exclusivas del Trabajo Social, me gusta y encaja como planteamiento inicial:
  1. Informar, orientar y asesorar sobre los recursos y prestaciones de los sistemas de protección social.
  2. Informar de los derechos y deberes de las personas usuarias de los servicios y centros de servicios sociales y sobre todas las cuestiones referidas a la organización y funcionamiento de los mismos.
  3. Elaborar el Plan de Atención Individualizada, coordinando y dando coherencia a las intervenciones planificadas por el equipo interprofesional y teniendo en cuenta la elección de la persona usuaria y la familia.
  4. Realizar el seguimiento, la supervisión y evaluación del Plan de Atención Individualizada y modificar dicho plan introduciendo los cambios realizados por el equipo multiprofesional.
  5. Ser el interlocutor principal para la persona, familia y profesionales del sistema de servicios sociales y de otros sistemas de protección social.
Además de la estructura normativa que nos obliga. Nuestro código deontológico establece las funciones: información, investigación, prevención, atención directa, promoción e inserción social, mediación, planificación, gerencia y dirección, gestionar servicios y programas, evaluación, supervisión, docencia y coordinación.

Más allá de la estructura académica cuya función es formar y de la estructura normativa con la función de obligar, y la deontológica con la función de compromiso ético con el desempeño profesional. Vamos con la realidad de la estructura de intervención con personas y grupos, también en la comunidad  proporcionando recursos y prestaciones. Describamos un día normal (diferenciando los elementos de la comunicación donde normalmente se olvida la relación que surge en el encuentro y la fundamental distinción entre lenguaje descriptivo e interpretativo). Se puede establecer la siguiente secuencia habitual:
  1. Al llegar al trabajo y después de quitar la alarma lo primero es encender el ordenador.
  2. Abrir agenda de papel, para mi hace las veces de cuaderno de campo (uso una agenda tamaño folio).
  3. Abrir SIUSS y excels varias (horarios SAD, fichas de caso, etc.).
  4. Organizar día.
  5. Atenciones: Problemas, dificultades, limitaciones.
    1. Cliente (usuario, ciudadanía) interno, externo, otros (responsanbles políticos, otras
      instituciones, etc).
    2. Gestiones telefónicas, telemáticas, entrevistas, visitas domiciliarias, grupos (menos habitual en mi caso, una pena) , contactos o coordinación con otros profesionales.
    3. Atender demandas, traducirlas a necesidades. Distinguir entre necesito y quiero (quizá añadir qué le gustaría). ¿Qué le ocurre?
    4. Valoración Social (Qué, Xq, Xaq, sentido de dirección), razones (valor), objetivos. En casos donde son previsibles intervenciones a medio o largo plazo.
    5. Diagnóstico: juicio técnico, resumen valoración.
    6. Propuesta de intervención, acordada con la persona y buscando su implicación.
    7. Registros: SIUSS,web de servicios sociales (GAD, Tramita) y demás.
  6. Otras tareas en ámbito temporal más amplio pero incluido en las rutinas de trabajo: financiación del servicio, innovación (creación de recursos, tecnologías, etc.), investigación, indicadores sociales (económicos, demografía, gestión del servicio, otros). Tener en cuenta preguntas como: quién me contrata, por qué me contrata, diferenciándola del para qué, de dónde sale nuestro sueldo, que necesidades meso o macro sociales precisa mi zona, cómo las cubro, de dónde saco el dinero, ¿se garantiza su continuidad y sostenibilidad, son anuales, plurianuales?

Probablemente me deje algunas cosas, ¿se te ocurren más?, puedes citarlas en comentarios

Habrá una segunda parte en próximos días. Hoy quiero celebrar nuestro día y felicitar a todas y todos los que vivimos, sentimos, defendemos y reivindicamos nuestra profesión. Un fuertísimo abrazo a las compañeras y compañeros Trabajadoras Sociales y a las personas por las que existimos.





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